¿Es delito no pagar un préstamo personal en España? Consecuencias y qué hacer
No pagar un préstamo personal en España no constituye, por sí solo, un delito. Cuando una persona deja de pagar porque ha perdido ingresos, ha tenido un gasto inesperado o atraviesa dificultades económicas, normalmente estamos ante un incumplimiento de una obligación contractual que puede ser reclamado por la vía civil.
Esto no significa que dejar de pagar no tenga consecuencias. Una deuda pendiente puede generar reclamaciones, aumentar por los conceptos aplicables según el contrato, afectar al historial crediticio y terminar en un procedimiento judicial.
La situación es diferente cuando existen conductas como utilizar engaños para conseguir el dinero, presentar documentación falsa o realizar determinadas actuaciones destinadas a impedir fraudulentamente que los acreedores puedan cobrar.
Idea principal: tener dificultades económicas y no poder devolver un préstamo no es lo mismo que obtener dinero mediante engaño. El impago ordinario genera una deuda que puede reclamarse; una posible responsabilidad penal requiere circunstancias adicionales que deben analizarse en cada caso.
Entonces, ¿no pagar un préstamo es delito?
Como regla general, el simple hecho de dejar de pagar una cuota o un préstamo personal no convierte al deudor en delincuente.
Cuando solicitas financiación firmas un contrato y asumes la obligación de devolver el dinero en las condiciones establecidas. Si posteriormente no cumples esa obligación, el acreedor puede reclamar las cantidades pendientes mediante los mecanismos previstos legalmente.
Entre las posibles consecuencias se encuentran:
- reclamaciones de las cantidades pendientes;
- aplicación de intereses o costes previstos cuando resulten procedentes;
- posible inclusión en sistemas de información crediticia si se cumplen los requisitos legales;
- reclamación judicial;
- ejecución de la deuda;
- posible embargo dentro de los límites establecidos legalmente.
La existencia de una deuda, incluso cuando se reclama judicialmente, no significa automáticamente que exista un delito.
Cuándo puede existir un problema penal relacionado con un préstamo
El análisis cambia cuando el problema no es simplemente que el cliente no pueda pagar, sino que aparecen comportamientos fraudulentos independientes del impago.
Obtener el préstamo mediante engaño
El Código Penal regula el delito de estafa cuando existe ánimo de lucro y se utiliza un engaño suficiente para provocar que otra persona realice un acto de disposición patrimonial en su perjuicio.
En relación con una solicitud de financiación, podrían resultar relevantes situaciones como:
- utilizar una identidad falsa;
- presentar documentación falsificada;
- aportar deliberadamente información falsa como parte de un engaño destinado a obtener el dinero;
- crear una situación ficticia para provocar la concesión del préstamo.
No basta con que posteriormente aparezca un impago. Para hablar de una posible estafa deben concurrir los elementos correspondientes al delito.
Ocultar o disponer fraudulentamente de bienes
También existe una diferencia importante entre quedarse sin patrimonio por dificultades económicas y realizar deliberadamente determinadas operaciones para perjudicar a los acreedores.
El Código Penal contempla conductas relacionadas con la disposición patrimonial destinada a dificultar o impedir la eficacia de un embargo o procedimiento de ejecución.
Por eso, ante una deuda importante o una reclamación judicial, no es aconsejable intentar ocultar bienes, simular operaciones o realizar movimientos patrimoniales ficticios para evitar el cobro.
Si existe una situación compleja de insolvencia, resulta mucho más prudente obtener asesoramiento profesional.
No puedo pagar un préstamo: qué puede pasar
Las actuaciones concretas dependen del contrato, de la cantidad pendiente y de cómo gestione la situación cada acreedor.
Sin embargo, existen varias etapas habituales.
1. Retraso en una cuota
Cuando una cuota no puede cobrarse, normalmente empieza una fase de comunicación y reclamación.
El cliente puede recibir:
- correo electrónico;
- SMS;
- llamadas;
- notificaciones en su área de cliente;
- comunicaciones escritas de reclamación.
Si sabes antes del vencimiento que vas a tener dificultades, contactar con el prestamista puede ayudarte a conocer qué posibilidades existen en tu caso.
2. La deuda puede aumentar
Un retraso puede tener consecuencias económicas adicionales según las condiciones del contrato y las normas aplicables.
Por eso conviene revisar:
- el capital pendiente;
- los intereses ordinarios;
- las condiciones relacionadas con la demora;
- los posibles gastos o costes aplicables;
- el importe total que actualmente se reclama.
No des por hecho que la cantidad pendiente es exactamente la misma que el importe inicialmente recibido.
3. Reclamación de la deuda
Si el impago continúa, el acreedor puede intensificar las gestiones de cobro directamente o mediante una empresa encargada de la recuperación de la deuda.
Que una empresa de recobro contacte contigo no significa por sí solo que exista un procedimiento penal.
Si recibes una reclamación, comprueba:
- quién reclama;
- qué deuda se reclama;
- cuál es el contrato de origen;
- qué cantidad está pendiente;
- cómo se ha calculado;
- si la deuda corresponde realmente contigo.
Conserva las comunicaciones y justificantes de cualquier pago realizado.
4. Posible inclusión en un fichero de solvencia
Las deudas impagadas pueden tener consecuencias sobre el acceso futuro a financiación.
Para incorporar datos a sistemas de información crediticia deben cumplirse los requisitos legales correspondientes. Entre otros aspectos, debe tratarse de una deuda cierta, vencida y exigible y deben respetarse las obligaciones de información aplicables.
Si consideras que una deuda no existe, el importe es incorrecto o ya ha sido pagado, no deberías ignorar la situación.
Guarda:
- contratos;
- recibos;
- transferencias;
- emails;
- justificantes de pago;
- reclamaciones presentadas.
Esta documentación puede resultar importante para solicitar posteriormente una rectificación cuando corresponda.
5. Reclamación judicial
Si la deuda continúa pendiente y no existe un acuerdo, el acreedor puede acudir a los tribunales para reclamarla.
Para determinadas deudas dinerarias documentadas puede utilizarse, entre otros mecanismos, el procedimiento monitorio.
Una notificación judicial no debe ignorarse.
Si recibes documentación de un juzgado, revisa inmediatamente los plazos. Dependiendo del caso puede resultar conveniente obtener asesoramiento jurídico para comprobar la deuda, la documentación aportada y las posibilidades de actuación.
6. Ejecución y posible embargo
Si existe un título que permite ejecutar la deuda y se inicia el procedimiento correspondiente, pueden adoptarse medidas dirigidas al cobro sobre bienes o ingresos del deudor.
Esto no significa que el acreedor pueda quedarse automáticamente con cualquier cantidad o con toda la nómina.
La Ley de Enjuiciamiento Civil establece límites para el embargo de salarios, sueldos y pensiones. Con carácter general, la cantidad equivalente al salario mínimo interprofesional se encuentra protegida, aplicándose una escala sobre determinados importes superiores.
La situación concreta dependerá de los ingresos, de la naturaleza de los bienes y del procedimiento correspondiente.
Tabla: consecuencias posibles de no pagar un préstamo
| Situación | Qué puede ocurrir | Qué conviene hacer |
|---|---|---|
| Retraso puntual | Reclamación y posibles consecuencias económicas previstas | Contactar con el prestamista y revisar la deuda |
| Impagos continuados | Mayor reclamación de la deuda | Intentar alcanzar una solución realista |
| Información crediticia | Posible inclusión si se cumplen los requisitos legales | Comprobar que los datos y la deuda sean correctos |
| Reclamación judicial | Procedimiento para exigir el pago | No ignorar las notificaciones judiciales |
| Ejecución | Posible embargo dentro de los límites legales | Revisar la resolución y obtener asesoramiento cuando sea necesario |
| Engaño para obtener el préstamo | Puede existir una cuestión penal independiente del simple impago | Buscar asesoramiento jurídico |
¿Puedo ir a prisión por no pagar un préstamo?
No por el mero hecho de tener una deuda que no puedes pagar.
Hay que diferenciar claramente dos escenarios.
No puedes pagar
Solicitaste el crédito con información real, asumiste la obligación de devolverlo y posteriormente ocurrió algo que redujo tu capacidad económica.
Por ejemplo:
- perdiste el empleo;
- redujeron tus ingresos;
- tuviste un gasto familiar importante;
- cerraste una actividad profesional;
- aparecieron otras dificultades económicas.
En este escenario existe un problema de deuda y posible reclamación, pero el simple impago no constituye automáticamente un delito.
Se obtuvo el dinero mediante un posible fraude
La situación puede ser diferente si para conseguir el dinero se utilizó deliberadamente un engaño que pueda reunir los elementos de un delito.
Por ejemplo, puede requerir análisis jurídico el uso de documentación falsificada o de una identidad ajena para obtener financiación.
La existencia de un impago posterior no es lo que transforma automáticamente el asunto en penal; lo relevante es la conducta que se haya producido.
¿Qué pasa si no tengo bienes ni nómina?
No disponer actualmente de bienes suficientes para pagar no hace desaparecer automáticamente una deuda.
El acreedor puede continuar utilizando las vías legales disponibles dentro de los plazos correspondientes.
La situación patrimonial del deudor puede cambiar con el tiempo.
Por eso no es aconsejable asumir que una deuda puede ignorarse simplemente porque en un momento determinado no existan bienes fácilmente ejecutables.
Qué hacer si sabes que no podrás pagar la próxima cuota
Actuar antes suele ofrecer más opciones que esperar a acumular varios impagos.
Contacta con el prestamista
Explica tu situación y pregunta qué opciones existen.
Dependiendo del contrato y del prestamista pueden existir distintas posibilidades, aunque ninguna debe darse por supuesta.
Lo importante es conocer por escrito:
- la cantidad pendiente;
- las nuevas fechas, si se acuerdan;
- el coste de cualquier modificación;
- el importe total resultante;
- las condiciones exactas del acuerdo.
Revisa tu contrato
Antes de aceptar una modificación comprueba qué habías contratado inicialmente.
Busca especialmente:
- importe prestado;
- plazo;
- TAE;
- cuotas;
- fecha de vencimiento;
- condiciones relacionadas con el retraso;
- coste total.
Calcula qué puedes pagar realmente
No aceptes una nueva cuota únicamente para detener temporalmente las reclamaciones si sabes que tampoco podrás pagarla.
Calcula:
- ingresos mensuales;
- alquiler o hipoteca;
- alimentación;
- suministros;
- transporte;
- otras deudas;
- gastos familiares esenciales.
La cantidad que queda después de cubrir estas obligaciones permite conocer mejor tu capacidad real.
¿Conviene pedir otro préstamo para pagar el anterior?
No existe una respuesta válida para todos los casos, pero encadenar créditos puede aumentar considerablemente el problema.
Imagina que debes devolver 500 € y solicitas otros 500 € únicamente para cancelar esa deuda.
El problema no desaparece: cambia de acreedor o de fecha y puede incorporar un nuevo coste.
Solicitar nueva financiación solo tendría sentido analizarlo cuando exista una mejora económica clara y una capacidad de devolución real.
Si quieres profundizar en este punto puedes consultar nuestra guía sobre pedir un préstamo para pagar deudas.
Evita convertir una deuda puntual en una cadena de créditos. Si necesitas financiación nueva todos los meses para devolver financiación anterior, probablemente sea necesario revisar el problema económico de fondo.
¿Pueden incluirme en ASNEF por no pagar?
Una deuda impagada puede dar lugar a la incorporación de información en sistemas de solvencia cuando se cumplen los requisitos establecidos legalmente.
No cualquier cantidad discutida debería tratarse automáticamente como una deuda válida.
Entre los aspectos relevantes se encuentran:
- que exista realmente la deuda;
- que esté vencida;
- que sea exigible;
- que permanezca impagada;
- que se hayan cumplido las obligaciones de información correspondientes.
Si recibes una comunicación y consideras que la deuda ya fue pagada o no es correcta, conserva los justificantes y presenta la reclamación correspondiente.
Si necesitas financiación y ya tienes incidencias en un fichero de solvencia, puedes consultar nuestra información sobre mini préstamos online con ASNEF.
¿Pueden embargar toda mi nómina?
No.
La legislación establece límites al embargo de salarios, sueldos y pensiones.
Con carácter general, la cantidad que no supera el salario mínimo interprofesional se considera inembargable, mientras que sobre determinadas cantidades superiores se aplica una escala legal.
Eso significa que una deuda judicializada no autoriza automáticamente a retirar el 100 % del salario del deudor.
Existen además situaciones específicas que pueden requerir un análisis particular.
Qué hacer si recibes una reclamación que no reconoces
No pagues automáticamente una cantidad únicamente porque recibas una llamada o un mensaje.
Primero solicita información suficiente para identificar la deuda.
Comprueba:
- nombre del acreedor original;
- contrato del que procede;
- fecha;
- capital pendiente;
- conceptos añadidos;
- pagos anteriores;
- identidad de quien reclama actualmente.
Si ya pagaste, aporta los justificantes correspondientes.
Si no reconoces el contrato o existen discrepancias importantes, puede ser conveniente presentar una reclamación y obtener asesoramiento.
Qué hacer si recibes una notificación judicial
Una de las peores decisiones es ignorarla.
Lee cuidadosamente:
- qué juzgado la envía;
- quién reclama;
- qué importe solicita;
- qué documentación aporta;
- qué plazo aparece en la notificación;
- qué actuaciones puedes realizar.
No debe confundirse una llamada de recobro con una comunicación oficial de un órgano judicial.
Si ya existe un procedimiento, un abogado u otro profesional cualificado puede ayudarte a revisar el caso concreto.
¿Prescribe una deuda de préstamo personal?
Las obligaciones económicas pueden estar sujetas a plazos de prescripción, pero no es recomendable aplicar automáticamente un plazo concreto sin estudiar el caso.
El cómputo puede depender de cuándo la obligación pudo exigirse y puede verse afectado por determinadas actuaciones de reclamación o reconocimiento.
Por eso, recibir una reclamación relacionada con una deuda antigua no permite concluir únicamente por la fecha que la deuda haya dejado de ser exigible.
Si la antigüedad es relevante, conviene revisar específicamente:
- fecha del contrato;
- fecha de vencimiento;
- últimos pagos;
- reclamaciones anteriores;
- comunicaciones enviadas;
- eventuales procedimientos judiciales.
Cómo evitar problemas antes de contratar un crédito
Muchas dificultades pueden reducirse antes incluso de firmar el préstamo.
Antes de contratar revisa:
- cuánto dinero necesitas realmente;
- cuánto tendrás que devolver;
- la TAE;
- el plazo;
- la fecha de pago;
- las condiciones de demora;
- qué ingresos tendrás cuando llegue el vencimiento;
- qué otras deudas mantienes.
También debes facilitar siempre información verdadera durante la solicitud.
Nunca falsifiques:
- documentos de identidad;
- nóminas;
- extractos;
- contratos de trabajo;
- información sobre ingresos.
Cómo funciona un crédito con WELP
WELP ofrece créditos online directamente a sus clientes. La solicitud se realiza digitalmente y cada caso se analiza antes de decidir sobre la concesión.
El proceso puede resumirse así:
- Seleccionas el importe que necesitas.
- Completas la solicitud con datos reales y actualizados.
- WELP evalúa tu solicitud y tu capacidad de devolución.
- Se determina si el crédito puede ser aprobado.
- Revisas las condiciones aplicables antes de formalizarlo.
La presentación de una solicitud no garantiza su aprobación.
Antes de contratar, asegúrate de entender cuánto tendrás que devolver y de disponer de una previsión razonable para afrontar el pago.
¿Necesitas financiación para un gasto puntual?
Puedes realizar tu solicitud directamente con WELP. Cada solicitud está sujeta a evaluación.
Cuándo es mejor no solicitar otro crédito
Si ya tienes dificultades para devolver una deuda, obtener más financiación no siempre resuelve la situación.
Conviene reconsiderar una nueva solicitud cuando:
- necesitas un nuevo préstamo exclusivamente para pagar el anterior;
- tienes varias cuotas vencidas;
- utilizas crédito regularmente para pagar gastos básicos;
- no dispones de ingresos suficientes para la nueva devolución;
- el nuevo préstamo únicamente retrasaría el problema;
- estás acumulando distintas deudas de pequeño importe.
En ese escenario puede resultar más útil intentar ordenar las obligaciones existentes antes de asumir una nueva.
No pagar no elimina la deuda, pero tampoco convierte automáticamente el impago en delito
La diferencia fundamental es sencilla.
No poder pagar un préstamo personal no es lo mismo que cometer un fraude.
Un impago puede tener consecuencias económicas y judiciales importantes: reclamaciones, posibles incidencias en sistemas de solvencia, acciones judiciales y, cuando proceda, ejecución sobre determinados bienes o ingresos.
Pero para que exista responsabilidad penal deben concurrir elementos adicionales propios de algún delito, como un engaño relevante para obtener el dinero o determinadas actuaciones fraudulentas destinadas a perjudicar a los acreedores.
Si estás atravesando dificultades económicas, actuar pronto, conservar la documentación y comunicarte con el acreedor suele ser mucho más útil que ignorar las reclamaciones.
Y si ya has recibido una notificación judicial o existe una discusión sobre fraude, prescripción, embargo o la validez de la deuda, conviene obtener asesoramiento jurídico adaptado al caso concreto.